Los Bancos..- Fin de los abusos Hipotecarios

Es un paso de gigante el que la Audiencia provincial de Navarra, dé por cancelada la deuda, de  una hipoteca concedida sobre un bien al que valoraron en su momento, por un precio superior a su valor real y por ende, resulta hoy inferior, debido a agentes externos y ajenos al solicitante. Esta sentencia viene a determinar que con la dación en pago del bien se cancela la deuda derivada y concedida. Los bancos y cajas, están acostumbrándose a capitalizar los beneficios y socializar las  pérdidas, cuando se encuentran con dificultades financieras  y sus cuentas de resultados están llenas de inmuebles que han ido recogiendo en los últimos años, algunos tienen sus propias sociedades inmobiliarias y otros tienen que absolver las pérdidas ,ahora resultan que muchas de ellas están en situación endémica, por los riesgos excesivos que han asumido, y el Estado, les proporcionará 20.000 millones de euros para su reestructuración y  capitalización con el fin de que se concentren y saneen sus balances, y los 118.000 ciudadanos que están a punto de perder sus viviendas por una situación en la que son ajenos, que no digo que no tengan su parte de culpa, pero las pérdidas deben repartirse de forma proporcional, si el banco o caja, se queda con la casa, debe quedarse también con los bienes y derechos que eses bien lleva, está es la formula, la transmisión de los bienes o la dación del pago debe llevar implícito todas las cargas que el bien tenga en ese momento y siempre que estén relacionadas con el bien. Así, los creadores de esta crisis, asumirían los riesgos que ellos mismos han creado y no los mismos de siempre, que pagan todos los platos rotos de las crisis económicas y los desmanes de la banca. Y vuelvo a insistir que la crisis financiera actual la han creado los bancos y no los Gobiernos. La idea de nacionalizar la banca no es mala, ya que con ello, debe abrir el crédito al consumo y ordenar el sistema bancario, concentrar las ofertas .

JMGS

ECONOMISTA

La Inviolavilidad en el Domicilio:La ejecución de los actos de las Administraciones Públicas

   
El derecho a la inviolabilidad del domicilio le corresponde tanto a las personas físicas como a las personas jurídicas- art.18.2 de la C.E. “El domicilio es inviolable….”, su ámbito extensivo  a las personas jurídicas se hizo patente a partir de la STC 137/1985 al establecer el derecho a la inviolabilidad del domicilio, no solo  lo circunscribe a las personas físicas, siendo pues extensivo o predicable igualmente en cuanto a las personas jurídicas,…. La libertad del domicilio se califica como reflejo directo de la protección acordada en el ordenamiento a la persona, pero no necesariamente a la persona física , desde el momento en que la persona jurídica  viene a colocarse en el lugar del sujeto privado comprendido dentro del área de la tutela constitucional y en todas las hipótesis en el que la instrumentalización del derecho a la libertad no aparezca o sea incompatible con la naturaleza y especialidad  de fines del ente colectivo –STC 64/1998-

Aunque la constitución española no define de una forma expresa el domicilio, hace alusión al mismo a través del art.19 de la C.E  -el derecho a la residencia y a la libre circulación-, podemos a través de este concebir el domicilio como el lugar fijado por una persona como residencia habitual, en virtud de su autonomía de la voluntad y fijado a través de su libertad de circulación. A  efectos de determinar el domicilio es necesaria una característica que es el de la habitualidad,. Sin embargo, el concepto, al que alude, no de forma expresa la constitución, no es el mismo , que el civil, que determina el art.40 del C.C “para el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones civiles, el domicilio de las personas naturales es el lugar de residencia habitual, y, en su caso, el que determine la ley de Enjuiciamiento civil”, sin embargo, aquí nos interesa en concepto de domicilio a efectos de su inviolabilidad proclamada por la constitución, en cuanto a su aspecto programatico,la constitución dispone el artículo 18.2 que ,  " El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito .Así, la STC 11.12.1998, determina que en su acepción natural y fundamental  que  “ La inviolabilidad del domicilio, como el resto de los derechos fundamentales y libertades públicas que se consagran en los artículos 14 a 29 de la Constitución, es una significativa expresión de la dignidad del ser humano y del respeto que tal condición exige a los poderes públicos en sus relaciones con el individuo.”, Los derechos fundamentales de las personas, conseguidos por el hombre a través de siglos de sufrimiento, de lucha y de esperanzas frustradas por el egoísmo de otros hombres que encarnaban o representaban al Estado en cualquiera de las denominaciones o formas de organización política que se han ido sucediendo a través de la Historia, diferencia nítidamente al ciudadano del súbdito, al hombre libre de las sociedades democráticas respetuosas del Estado de Derecho del individuo sometido a la arbitrariedad y al abuso propios de los sistemas sociales totalitarios del signo que fueren. Es por ello por lo que los derechos básicos de los seres humanos no sólo deben ser y estar reconocidos en el Ordenamiento Jurídico del Estado, sino que, sobre todo, deben ser observados y respetados por los propios poderes públicos que, además deben protegerlos y defenderlos frente a las propias tendencias estatales de invasión de los ámbitos de libertad del ciudadano, para ampliar y aumentar de esa manera el poder del Estado. Es cierto, sin embargo, que los derechos fundamentales y las libertades públicas proclamados en el Texto Constitucional no tienen naturaleza de absolutos o incondicionales. Tampoco el derecho a la inviolabilidad del domicilio. Porque en ocasiones, deben ceder ante la presencia de valores o intereses superiores en conflicto con aquellos que, en general, representan el bien común y que, por ello, deben prevalecer sobre el interés particular. No obstante, estas excepciones al ejercicio de los derechos fundamentales deben ser establecidas con suma cautela y rigurosamente diseñadas y reguladas a fin de evitar que un exceso de permisividad en la excepción se convierta en patente de corso para invadir e impedir de hecho al ciudadano el ejercicio de los derechos básicos inherentes a su condición de ser humano, que quedarían así reducidos a un simple valor testimonial". El derecho a la inviolabilidad del domicilio ha sido conectado con el derecho a la vida privada o a su parte más esencial: la intimidad personal. –STC 17.02.1984- .Asimismo, “la constitución, protege es la intimidad de la persona humana, la reserva de su vida, la protección de su domicilio, su casa u hogar donde se desarrolla la existencia de los seres humanos, en sentido amplio”. El derecho a la inviolabilidad del domicilio se deriva directamente del derecho al libre desarrollo de la personalidad, art 10.1 CE, por lo que consecuentemente, la protección del domicilio no es sino un aspecto de la protección de la intimidad, que sirve al libre desarrollo de la personalidad., "El derecho a la inviolabilidad del domicilio constituye un auténtico derecho fundamental de la persona, establecido para garantizar el ámbito de privacidad de ésta, dentro del espacio que la propia persona elige y que tiene que caracterizarse precisamente por quedar exento o inmune a las invasiones o agresiones exteriores, de otras personas o de la autoridad pública.... el domicilio inviolable es un espacio en el cual el individuo vive sin estar sujeto Necesariamente a los usos y convenciones sociales y ejerce su libertad más íntima. -STC 05.06.1993-.
    Por ello, a través de este derecho, no sólo es objeto de protección el espacio físico en sí mismo considerado, sino lo que en él hay de emanación de la persona y de esfera privada de ella" –STC 22/1984-, en el mismo sentido se pronuncia la STC 31-05-1999 “La legislación ordinaria no ha concretado de una manera expresa el concepto constitucional de domicilio, como ámbito de intimidad protegible, sin embargo, el art 87.2 de la LOPJ demuestra que el ámbito de intimidad que corresponde al derecho fundamental es más amplio que el de habitación o morada. Esta disposición reconoce la existencia de "domicilios" y de otros "edificios o lugares de acceso dependiente del consentimiento del titular", es decir, que no constituyen morada en sentido estricto.
              Es claro, por lo tanto, que el establecimiento de un ámbito de intimidad Constitucionalmente protegible no está vinculado a la habitación misma, sino al libre desarrollo de la personalidad y, consecuentemente, no necesita estar físicamente vinculado al ámbito espacial en el que el ciudadano habita con cierta permanencia.

De todo ello se deduce que el que alquila un piso goza de la protección constitucional, aunque no habite el lugar de forma permanente, toda vez que el derecho fundamental no se limita a la protección de la habitación o morada, sino a la protección de la intimidad y esta no se reduce al lugar en el que se encuentran el dormitorio, el salón, el despacho o la cocina, como ha señalado la Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, sino que se extiende a la protección de la vida privada de los ciudadanos en el sentido antes expuesto y prueba clara de ello son, por otra parte los arts. 546 y 547.3 de la LECrim, en los que se establece que los lugares cerrados que no constituyen domicilio, en el sentido de habitación, sólo pueden ser registrados previa autorización judicial".

Este derecho fundamental está sujeto a limitaciones, estableciendo el propio precepto constitucional –art.18.2 de la C.E. , tres casos en los cuales está limitado este derecho: el consentimiento del titular, la resolución judicial y el flagrante delito. Además, la L.O.1/1992, de protección de la seguridad ciudadana, en su art. 21.3 establece otro supuesto de limitación “Será causa legítima suficiente para la entrada en domicilio la necesidad de evitar daños inminentes y graves a las personas y a las cosas, en supuestos de catástrofe, calamidad, ruina inminente u otros semejantes de extrema y urgente necesidad” , Igualmente , existen otras limitaciones, aunque estas justifican la violación del derecho de una forma indirecta, v.gr. las dadas por el art. 577 de la L.Ej.Crim. para el reconocimiento de libros y papeles, o para las entradas para la ejecución forzosa de la administración -art.87 de LOPJ-.en el ámbito competencial, en lo que concerniente a la ejecución forzosa el art.8 de La ley 29/1998, apdo. 5 “atribuye a los Juzgados de lo Contencioso-administrativo la competencia para conocer de las autorizaciones para la entrada en domicilios y restantes lugares cuyo acceso requiera el consentimiento de su titular, siempre que ello proceda para la ejecución forzosa de actos de la Administración pública, asimismo, en correlación está el art.91.2 de la L.O . 9/1998 de 13.07 “Corresponde también a los Juzgados de lo Contencioso-administrativo autorizar, mediante auto, la entrada en los domicilios y en los restantes edificios o lugares cuyo acceso requiera el consentimiento de su titular, cuando ello proceda para la ejecución forzosa de actos de la Administración.”

En cuanto a la ejecutividad de los actos administrativos, la Administración goza del privilegio de crear sus derechos mediante decisiones unilaterales y obligatorias para los particulares sin necesidad de acudir a los Tribunales para que tales derechos sean definidos y reconocidos. Muchos actos administrativos producen efectos jurídicos ipso iure Sin embargo, otros actos administrativos exigen ser ejecutados para su efectivo cumplimiento. En estos casos, la Administración también goza de la facultad de hacer efectivo el contenido del acto previamente dictado si no es cumplido voluntariamente por el afectado. Esta potestad, denominada auto tutela ejecutiva, supone una dispensa de la necesidad de impetrar auxilio judicial para que la coacción legítima pueda ponerse en servicio de la ejecución práctica de los derechos de un sujeto, la Administración, contra la voluntad del obligado a su cumplimiento. Esta potestad tiene su reconocimiento tanto en el art. 56 de la LRJPAC donde dice que “los actos de las Administraciones públicas sujetos al derecho administrativo serán ejecutivos con arreglo a lo dispuesto en esta ley”, como en el art. 94, según el cual dichos actos “serán inmediatamente ejecutivos, salvo lo previsto en los artículos 111 -suspensión de la ejecución- y 138 – resoluciones sancionadoras-, y en aquellos casos en que una disposición establezca lo contrario o necesiten aprobación o autorización superior”.
      El Tribunal Constitucional, al referirse al derecho a la «inviolabilidad del domicilio», ha indicado que la protección constitucional del mismo, lo es de carácter instrumental y que defiende «los ámbitos en que se desarrolla la vida privada de una persona», con la imbricación que así existe entre dicha norma que, como se ha dicho, prohíbe la entrada y registro en un domicilio, y la que conlleva la defensa y garantía del ámbito de «privacidad» e «intimidad» -art.18.1 de la C.E- STC de 17.02.1984 , La doctrina del tribunal constitucional entiende como «domicilio» «cualquier lugar cerrado en el que puede transcurrir la vida privada, individual o familiar» STC 24 octubre 1992 , 14 noviembre 1993 y 18 febrero 1994, de entre otras , o lo que es lo mismo, que «sirva de habitáculo o morada a quien en él vive» STC. 16 septiembre 1993 .Al contrario, no integra el concepto de vivienda, el local comercial o de esparcimiento -bares, tabernas, pubs, restaurantes, tiendas, locales de exposición, almacenes-STC de 5 octubre 1992 y de 16 septiembre 1993-, pues no lo son, al estar esencialmente destinados a estar abiertos al público y esto es así porque el derecho fundamental proclamado en el artículo 18.2 de la Constitución, protege como antes se dijo, a la «intimidad» como valor esencialísimo y no la propiedad, por tanto no requiere autorización judicial para la entrada en un local de negocio, dada que la necesidad y proporcionalidad de la entrada resulta acreditada a los efectos de permitir al funcionario el cumplimiento de su misión legal. El Tribunal Constitucional, STC 76/1992, de 14 de mayo- ha negado en general la consideración como domicilio de «los restantes edificios o lugares de acceso, dependiente del consentimiento de sus titulares» a los que el art. 87.2 LOPJ extendía -y hoy hace lo propio artículo 8.6 de la Ley 29/1998-, la necesidad de autorización judicial para su entrada cuando ello sea necesario para la ejecución forzosa de los actos administrativos.
   El artículo 8.6 de la ley 29/1998, en su redacción dada por la ley 15/2007 de 03 de Julio,- Los Juzgados de lo Contencioso-administrativo conocerán, en única o primera instancia según lo dispuesto en esta Ley, de los recursos que se deduzcan frente a los actos de las entidades locales o de las entidades y corporaciones dependientes o vinculadas a las mismas, excluidas las impugnaciones de cualquier clase de instrumentos de planeamiento urbanístico-. otorga un mecanismo de control al Juez Contencioso-administrativo a los efectos no sólo de preservar el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio, sino también, y como presupuesto de éste, el derecho fundamental a la intimidad personal y familiar, erigiéndose en consecuencia dicho mecanismo de control en un auténtico filtro a efectos de evitar comportamientos

arbitrarios de la Administración, cuya interdicción viene proclamada ya por el artículo 9.3 de la C.E. y específicamente a través de la necesidad de que la Administración Pública actúe con sometimiento pleno a la Ley y al derecho, como expresamente preceptúa el artículo 103.1 de la Carta Magna. Con carácter previo, el órgano jurisdiccional actuante, debe hacer un examen de la legalidad, necesidad, proporcionalidad, etc., no se realiza por el Juez a posteriori de las actuaciones administrativas sino con carácter previo: Se trata de encomendar a un órgano jurisdiccional que realice una ponderación previa de intereses, antes de que se proceda a cualquier entrada o registro, y como condición ineludible para realizar éste, en ausencia de consentimiento del titular -STC 160/1991-, La misma doctrina resume el objeto de análisis por el Juez, partiendo de que no puede hacer un examen completo de legalidad

del acto administrativo como haría en un recurso ordinario y de que tampoco puede limitarse a un automatismo formal, en los siguientes puntos que deberá constatar y valorar: a) que el interesado es, efectivamente, el titular del domicilio para cuya entrada se solicita la autorización; b) la necesidad de dicha entrada para la ejecución del acto de la Administración; c) que el acto sea dictado por la autoridad competente; d) que el acto aparezca fundado en Derecho; e) que el acto sea necesario para alcanzar el fin perseguido; f) que no se produzcan más limitaciones que las estrictamente necesarias para la ejecución del acto, y g) la eventual afectación de otros derechos fundamentales y libertades públicas derivada de la ejecutoriedad del acto administrativo.


JMGS
Economista
Estudiante de Derecho


El Impago de la deuda Griega

       Ahora resulta que , despues de haberle prestado a  Grecia para salir de la crisis resulta que no puede devolver al FMI y al BCE y al resto de paises la deuda contraida. con esto nos preguntamos que se ha hecho mal , para que este pais no pueda ni pagar los intereses de la deuda. En la actual situación de crisis economica, si no hay actividad economica que permita un crecimiento y una capacidad de generar ingresos para hacer frente a la deuda, no hemos llegado a ninguna parte, ni bajandole los tipos de interés, seran capaces de salir del atolladero, sólo hay dos opciones, o salen del euro o se restructura su deuda, la primera, es la más gravosa, la segunda, lo que llamamos un default o dejar de pagar la deuda. La Unión Europea debe de ir pensando que estos paises deben perder su soberania economica, para poder sacarlos de la crisis,es decir, intervenirlos, desde Bruselas, dictar los planes economicos para que este pais cumpla sus compromisos, cosa facil de decir , pero dificil de hacer, hay que acelerar los cambios necesarios para que esto no sea una escalada continuada de rescates e impagos que dañen aún más las economias europeas, lo cierto es que francia y Alemania estan tirando del carro fuertemente, se juegan mucho en esta apuesta, y si estos paises son absorbidos economicamente por otros, debe ser así por el bien de todos, para ello, hay que armonizar los sistemas financieros de entre todos los paises con moneda unica, asi como los fiscales, con el fin de que la politica economica , financiera y fiscal sea comun para todos los paises de la Unión.De otro modo, llegaremos a una situación dramatica, dónde los paises se vean avocados a salir del sistema monetario para conseguir remontar sus economicas , a través de una devaluación de su moneda, cosa, que europa, creo que deberia hacer, inyectando liquidez al sistema financiero, para favorecer las exportaciones, encarecer las importaciones y reestablecer la economia actual. 

JMGS
Economista

La Reforma del Estado Autonómico.

                    Era de esperar que tarde o temprano se llegase a plantear el tema del debate sobre la reforma del Estado de las Autonomías, que nos ha aportado de positivo y que nos ha aportado de negativo, de positivo, la descentralización de las funciones del Estado. Y de negativo, primero, duplicidad de costes, funciones, exceso de regulación e intervencionismo, diferentes leyes para cada comunidad autónoma, dentro de un mismo Estado. Es decir, más inconvenientes que ventajas, pero esto, todavía estamos a tiempo de corregirlo, pero para esto no hay que liquidar el actual sistema, sino reducir, simplificar, unificar, acomodar, armonizar y ordenar un compendio de atribuciones en una misma línea de actuación, tanto política y económicamente. Para ello, deben de quedarse, en sólo siete autonomías, 1) Andalucía, Ceuta, Melilla y Extremadura,2) Canarias,3) Castilla La Mancha-Castilla León-Madrid, 4)Murcia y Valencia, 5) Cataluña e Islas Baleares-Aragón,6) Galicia y Asturias, 7) País Vasco, Cantabria y Navarra. Con esto se simplificaría, el Estado autonómico actual, la cámara del senado seria la cámara de representación territorial dónde se defenderían los intereses de las autonomías. Cada autonomía tendría su gobernador autonómico, y sus senadores, auténticos representantes autonómicos, que harían sus funciones en sus territorios, en la cámara de representación autonómica. Y el congreso de los diputados, formado por los representantes de cada provincia. La ley electoral actual desaparecería, en su lugar, un sistema de partidos en el que las fuerzas políticas, sumen y no resten representatividad, dónde los partidos locales, deban agruparse en una formación para tener representación estatal, y nunca puedan condicionar la política del Estado. Con ello, simplificaríamos, todo el coste del aparato estatal actual, habría que hacer una ley de Reforma política de amplio consenso, dónde se trate de acomodar a la estructura constitucional actual, y en un plano de igualdad territorial y con un ámbito competencial igual para cada autonomía. Estaría representada la diversidad de cada territorio, su cultura, lengua, costumbres propias.

JMGS
Economista

 

La Marca,Tutela Juridica

    En la ley de marcas, está prevista las acciones que puede ejercer el titular de la misma para la defensa de sus intereses, -art.40 de la ley de Marcas-, estas acciones pueden ser civiles o penales.

a)En cuanto a las acciones civiles, el titular del derecho de marca que vea lesionado sus intereses podrá pedir : la cesación de los actos que violen su derecho –STS 03-03-2005-, La indemnización por los daños y perjuicios producidos, la adopción de medidas necesarias para evitar que prosiga la violación de los derechos del titular, v. gr. la retirada, destrucción de los productos y cese de los servicios que estén vinculados con la violación de los derechos a la marca., El embargo de los bienes incautados para responder de las indemnizaciones por los daños producidos al titular de la marca , y la publicación de la sentencia a costa del condenado –art.41.1 en su redacción dada por la Ley 19/2006, de 5 de junio, por la que se amplían los medios de tutela de los derechos de propiedad intelectual e industrial y se establecen normas procesales para facilitar la aplicación de diversos reglamentos comunitarios.

b)Las acciones penales , por cuanto el titular, puede ejercerlas en referencia a la infracciones de los derechos a la propiedad industrial, al amparo del art.274 del C.P.-L.O. 10/1995 “1.-Será castigado con la pena de seis meses a dos años de prisión y multa de 12 a 24 meses el que, con fines industriales o comerciales, sin consentimiento del titular de un derecho de propiedad industrial registrado conforme a la legislación de marcas y con conocimiento del registro, reproduzca, imite, modifique o de cualquier otro modo utilice un signo distintivo idéntico o confundible con aquel, para distinguir los mismos o similares productos, servicios, actividades o establecimientos para los que el derecho de propiedad industrial se encuentre registrado. Igualmente, incurrirán en la misma pena los que importen intencionadamente estos productos sin dicho consentimiento, tanto si éstos tienen un origen lícito como ilícito en su país de procedencia; no obstante, la importación de los referidos productos de un Estado perteneciente a la Unión Europea no será punible cuando aquéllos se hayan adquirido directamente del titular de los derechos de dicho Estado, o con su consentimiento.2. Las mismas penas se impondrán al que, a sabiendas posea para su comercialización, o ponga en el comercio, productos o servicios con signos distintivos que, de acuerdo con el apartado 1 de este artículo, suponen una infracción de los derechos exclusivos del titular de los mismos, aun cuando se trate de productos importados del extranjero, 3. -Será castigado con la misma pena quien, con fines agrarios o comerciales, sin consentimiento del titular de un título de obtención vegetal y con conocimiento de su registro, produzca o reproduzca, acondicione con vistas a la producción o reproducción, ofrezca en venta, venda o comercialice de otra forma, exporte o importe, o posea para cualquiera de los fines mencionados, material vegetal de reproducción o multiplicación de una variedad vegetal protegida conforme a la legislación sobre protección de obtenciones vegetales. y 4. -Será castigado con la misma pena quien realice cualesquiera de los actos descritos en el apartado anterior utilizando, bajo la denominación de una variedad vegetal protegida, material vegetal de reproducción o multiplicación que no pertenezca a tal variedad.

JMGS
Economista

Presupuestos 2011 y presion fiscal.

Cuadro comparativo de distribución del presupuesto de gastos de los años 2010 y 2011

              Desde un punto de vista presupuestario , para el año 2011, por su parte los gastos financieros aumentan un 18% por la evolución de la deuda pública, se elevan a 27.420,94 millones de euros El presupuesto de gastos del Estado para 2011 asciende a 209.283,24 millones de euros, un 11,5% menos que en 2010, , el gasto no financiero para 2011 se sitúa en 122.022,14 millones de euros, las partidas sociales absorben gran parte de este capítulo, destacando la aportación al Servicio de Público de Empleo Estatal de 15.746,10 millones, un 4,2% menos, el complemento de mínimos de pensiones de 2.806,35 millones de euros, un 3,7% más, las pensiones no contributivas por valor de 2.137,58 millones o los gastos para dependencia ,1.482,88 millones, un 5,3% menos. Los gastos de personal representan casi el 13% del presupuesto del Estado y suponen 26.982,31 millones de euros, un 2,1% menos. Los gastos de personal activo supone 15.129,67 millones, caen un 5,2%, mientras que el presupuesto para clases pasivas por 10.061,61 millones, crece un 2,6%.
   Todas estas cifras muestran el cuadro macroeconómico para el ejercicio 2011, la reducción de gastos es patente, por tanto hay menos dinero para asignar al gasto público corriente.
En cuanto a la presión fiscal, mientras que en esta en el 33% , la media de la Unión europea está en el 39,3%. Los impuestos, son más altos de media en la zona euro que en nuestro país. Por ejemplo los impuestos sobre el trabajo, en España es de 30,5% de media, frente al 36,5% de media europea, en los impuestos sobre el consumo, España tiene una media del 14,1%, frente a la media de la zona euro que es del 9,1%, asimismo, los impuestos sobre capital, España tiene una presión fiscal del 32,8%, frente a la de por ejemplo, el reino unido que es del 45,9%.

Si nos vamos a los impuestos, rentas y sociedades, estamos más altos, España tiene un 43% en IRPF, frente al 37,5% de la zona euro, mientras que el impuesto sobre sociedades, España tiene de media un 30% , frente al 23,2% de media de la Unión Europea.

Con estos datos podemos decir que si no elevan los impuestos directos, no habrá más dinero disponible para asignar a gastos sociales y servicios públicos que demanda la socoedad española de la que casi un 80% tiene la sensación de que aporta más que recibe. La reducción del déficit público, en estos momentos es tarea principal, acelerar las reformas estructurales, de forma paralela, ordenar el gasto público, y armonizar las políticas activas de empleo, para reducir la tasa de paro.

Pero, las estadísticas, ofrecen dos aspectos, por un lado, los que creen que reciben menos de lo que dan, y desconocen si pagan más o menos que sus vecinos europeos, y otros que, aceptarían pagar más impuestos si mejorasen los servicios públicos. En cuanto, a que la mitad de los encuestados piensa que no le aporta nada su tributación, es derivado, de la desconfianza actual en la economía, y en la administración. El capitulo, que peor sale parado, es el de justicia, lo cual denota que esta no cuenta con los medios suficientes para poder salir del atolladero actual en la que se encuentra.


JMGS

Economista



La especulación financiera y sus consecuencias

           Hoy nos levantamos,  y vuelta con los especuladores,  a subir nuestra prima riesgo hasta los 270 puntos básicos. La CEE, no reacciona, este efecto, puede tener graves consecuencias para la zona euro, si despues de Portugal, le toca a España, a Belgica, a Italia..........,etc. podrá soportar Europa esto, o esta avocada a la desintegración. Creo que se estan equivocando, pues deben de pensar a medio y largo plazo, y no a corto plazo, no dejar a que ningun pais caiga, esto implicaria  desestabilización a nivel  Europeo, o estamos todos a una o no estamos, con esto quiero decir que ya es hora de cerrar filas, y armonizar las politicas economicas, financieras y fiscales y no dejar que se cuele ningun especulador, a que nos reviente el mercado financiero, para ello, primero, la deuda publica la debe de comprar el BCE, segundo, hay que armonizar la politica economica, para ello, los paises deben de perder su soberania economica, y pasar a depender de un unico organimo europeo la Comisión Economica y Financiera Europea,a su vez, debe articularse un sistema de armonización fiscal progresivo, no podemos tener, una Irlanda cotizando por el Impuesto sobre sociedades al 12% y prestarle a sus bancos 85.000 millones de euros con una España al 25% y en Austria al 40%, debe haber un tipo unico, con escalas progresivas,lo mismo para todos los impuestos, salvo los que gravan el consumo que deben ser iguales en toda Europa, Tipo General al 20%, tipo reducido, al 10%, y tipo superreducido, al 5%,Rentas y sociedades, un tipo armonico, de máximo 40% y mínimo del 20%, y la politica fiscal dirigida desde Europa. Si no se da este salto cuantitativo y cualitativo, estamos abocados a que los ataques especulativos, venga de dónde venga y este el gobierno que este, terminen desintegrando la zona euro.El derrumbe depende de nosotros mismos y de nuestras capacidad como Federación de Naciones para salir de este atolladero en el que estamos, son mas intereses lo que nos une que lo que nos desune.La Unica formula, es que nos gobiernen economicamente desde Europa,recaudaria cada pais, los presupuestos de cada pais se elaborarian en cada pais ,y lo aporbarian el gasto en Europa,según las premisas que den para cada pais el organismo de control europeo que surja.

JMGS
Economista

Revisión del Sistema de Pensiones actual

     
                   Ahora se está hablando en todas las tertulias de la necesidad de retrasar la edad de jubilación hasta los 67 años. En el contexto actual es necesario, pues la esperanza de vida va aumentando a un ritmo superior al crecimiento de la población activa. Pero hay que reformar en igual medida el sistema contributivo  de pensiones actual que se concreta, en la revisión de las pensiones y en el sistema de cálculo de las pensiones futuras. En cuanto al primer aspecto, la revisión de pensiones actual, los que estén aptos para el trabajo, deben de ser devueltos al sistema activo de cotizantes, menores de 60 años, así como viudos y viudas, menores de esa edad y  estén trabajando o con disponibilidad para trabajar, con esto se quitarían un 15% de las pensiones actuales. Es duro este ajuste, pero es necesario para la subsistencia del sistema contributivo. Otro 10%, de clases pasivas, devolver al mercado laboral, o reducir su pensión en un 50%. y que estén aptos para trabajar. La edad de jubilación, aunque se ponga a los 67 años debe ser voluntaria, premiando al cotizante, a partir de los 40 años de cotización, en un 2% por cada año que retrase su jubilación, hasta un máximo de 10 años, siendo su retribución no superior en ningún caso a 2,5 veces El  IPREM., con ello, se garantizaría el sistema contributivo para unos 25 años más. Todo ello, en consonancia con la reforma laboral, prestaciones por desempleo y aumento de la productividad. Por lo que quedaría la edad mínima en 67 años y la máxima en 77 años. En cuanto a las prestaciones contributivas por invalidez, la total debe ser para trabajo habitual, con pensión temporal y de carácter indemnizatorio como la cualificada actual, la absoluta para todo trabajo, incompatible para todo trabajo, así como la Gran Invalidez, las pensiones por viudedad y orfandad deben tener un máximo de 10 años de prestación e incompatible con cualquier otra pensión en el ámbito europeo. El sistema de cálculo de  las pensiones debe ser teniendo en cuenta la vida laboral completa, por tanto la base reguladora, será la suma de todas las cotizaciones de los distintos periodos de cotización y divididos por el nº de meses totales cotizados, con un máximo de 2,5 veces del IPREM.

JMGS
Economista

Año 2011, año de reformas, segunda parte

                         No es fácil articular medidas en el escenario actual para crear empleo, sin embargo, una vez , que la rigidez del mercado de trabajo se haya soltado y devuelto la confianza de los empresarios en la economía , vendrá el empleo. Pero, hay que partir de la siguiente premisa, ya no será las cosas como hasta ahora, derechos y obligaciones para ambas partes tienen que ponerse en la balanza, el carácter tuitivo, no debe desaparecer, pero la contraprestación debe ir articulada, por el deber de trabajar, de rendir y hacer el trabajo conforme lo estipulado, estando sujeta la retribución a la cantidad de trabajo que el trabajador esté dispuesto a hacer a cambio de una retribución digna. Con ello, no queremos decir que desaparezca el derecho al trabajo y a la libre elección de oficio, al contrario, el derecho al trabajo, debe ir correspondido al deber de trabajar conforme lo pactado, la retribución debe ir en consonancia con el trabajo realizado, sobre la cantidad de trabajo, el mercado de trabajo se moverá en el momento en que haya competitividad. Para ello, hay que modificar el régimen salarial actual, que debe entenderse como, derecho a una prestación por unidad de trabajo realizada, no por tiempo. Con este sistema la productividad empresarial se activa, y sólo el trabajador es el que podrá determinar la cantidad de trabajo que está dispuesto a dar para obtener la prestación pactada. Un ejemplo, en una nave de envasado hortofrutícola, la cantidad de género que un grupo de trabajadores es capaz de envasar en el tiempo determinado, el trabajo en grupo, la colectivización del trabajo es el que determinara la competitividad de las empresas. Pero todo lo anteriormente expuesto, se puede llevar a cabo cambiando el modelo productivo, de pasar a una posición pasiva del trabajador y empresario, el primero, dejando pasar el tiempo y el segundo, pendiente de que se haga el trabajo, a una situación, en la que el trabajador debe de integrarse en un grupo de trabajadores, y el empresario debe estar pendiente a la productividad y comercialización del producto.

De continuar con la actitud de que el sistema de creación de empleo se arregla solo, nos llevara a que sean otros los que nos dirijan. Al comprar nuestra deuda externa, nos están absorviendo.

JMGS

Economista

Prestación por desempleo.-Segunda Parte

Los Beneficiarios de la prestación son todos los incluidos en el RETA, que tengan cubierta la contingencia de desempleo, los trabajadores del sistema especial de trabajadores por cuenta propia agrarios, los del Régimen especial de trabajadores del mar. Asimismo, se incluyen todos los trabajadores de cualquier forma societaria que estén encuadrados en el RETA o RETM y tengan contratada la cobertura de contingencias profesionales. Están excluidos los suscritos a una mutualidad de previsión social de profesionales.


El nacimiento de la prestación será a partir del primer día del segundo mes siguiente a aquel en que se produzca el hecho causante.

Los requisitos para acceder a la prestación son.

Primero.- Estar afiliados, en alta y cubierta la cobertura de contingencias profesionales

Segundo.- Tener un periodo mínimo cubierto de un año dentro de los cuatro últimos años anteriores a la situación de desempleo.

Tercero.- Encontrarse en situación legal de cese de actividad, suscribir el compromiso de actividad y disponibilidad para la reincorporación al mercado de trabajo a través de la formación.

Cuarto.- No haber cumplido la edad ordinaria para acceder a la pensión contributiva por jubilación. Y

Quinto.- Hallarse al corriente de pago de las cuotas de la seguridad social.

En cuanto a la cuantía de la prestación hay que añadir que el importe está sujeto a unos topes máximos y mínimos en función de las responsabilidades familiares del sujeto desempleado:

Así, el tope máximo para aquellos que no tienen hijos a cargo será del 80% del IPREM, para los que tengan hijos a cargo el 107% del IPREM. Y como tope máximo, y según las circunstancias siguientes, sin hijos a cargo : el 175% del IPREM, con un hijo a cargo el 200% del IMPREM, con dos o más hijos el 225% del IPREM.

Ejemplo para entender mejor lo anterior:

Trabajador autónomo, que cesa de la actividad el 05-01-2011, tiene cubierto un periodo de cotización de 10 años, tiene 55 años, dos hijos a cargo, y una base reguladora de 2000 € al mes.

Primero.- Se dan los requisitos de cotización, si

Segundo.- cuanto tiempo le correspondería como máximo de prestación? 12 meses

Base reguladora: 2000 €

Porcentaje aplicable el 70% durante todo el periodo de disfrute, 1400 €



Cuantía:

Mínimo: con hijos a cargo el 107% del IPREM.- 664,75€

Máximo: con dos hijos a cargo 225% del IPREM.-1397,84 €

IMPREM APLICABLE: el del hecho causante, 2011.-621,26€ al mes

Cobraría todos los meses 1397,84€/mes , con un máximo de 12 meses

      JMGS
Economista

Prestación por desempleo de autónomos. Primera parte.

      Ya está aquí y vigente la ley de protección contra el cese de actividad de los trabajadores autónomos. Los principios por los que se rige la presente normativa son los de: contribuidad, sostenibilidad y solidaridad. Los hechos objetivos que dan lugar a esta situación legal de cese de actividad son:

Primero.- la concurrencia de motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos determinantes de la inviabilidad de proseguir con la actividad económica o profesional.

Segundo.- Por causa de fuerza mayor.

Tercero.- Por pérdida de la licencia administrativa, por causas no imputables al trabajador autónomo solicitante.

Cuarto.- Divorcio o acuerdo de separación matrimonial, mediante resolución judicial expresa, en supuestos de cónyuge que haya ejercido ayuda en el negocio familiar

Quinto.-los trabajadores autónomos económicamente dependientes que cesen por finalización del contrato que tengan suscrito con el cliente del que dependan económicamente.

Los elementos que integran el hecho causante susceptibles de protección son: Haber cesado de la actividad económica, tener voluntad de trabajar y haber dejado de obtener rentas como consecuencia del cese de la actividad.

El sistema de protección comprende una asignación económica, bonificaciones en las cotizaciones, medidas de formación y promoción profesional de la actividad emprendedora.

En cuanto a la asignación económica esta consiste en una prestación del 70% de la media de bases de cotización de los últimos 12 meses continuos y anteriores al hecho causante. La duración de esta prestación está entre los dos meses y un máximo de doce meses , dependiendo del periodo cotizado, y siempre dentro de los 48 meses anteriores al hecho causante, con carácter general , la regla es , un mes de prestación , por cada seis meses de cotización.

JMGS
Economista
Graduado Social

Año 2011, año de reformas,primera parte

                       Este año toca desarrollar todas las medidas anti-crisis que se aprobaron en el pasado año, y que obedecen a un sistema de ajustes necesarios para paliar el deficit publico, crear empleo,  y recuperar la confianza de los mercados, para el primer punto, hay varios aspectos que hay que tener en cuenta, la reforma de la administración pública , autonomica y local, la reforma de las pensiones y la reforma de la ley electoral, asignaciones a partidos politicos y sindicatos. Lel segundo aspecto es  el de crear empleo, hay que dinamizar y flexibilizar el mercado de trabajo,cambiando el modelo productivo y fomentando la negociación colectiva,hay que paliar el deficit de productividad existente, convertir el sistema del mercado de trabajo en un sistema activo y no pasivo,para ello, hay que abolir progresivamente las prestaciones por desempleo, con el sistema que ya he mencionado anteriormente, sistema de empleo público, la prestación es a cambio de trabajos para la comunidad, de todo tipo. con esto, se atacaria de lleno a la economia sumergida que actualmente es la que esta creciendo a niveles de finales de la década anterior.En la misma medida, el régimen fiscal debe ser armonizado a nivel europeo,hay que penalizar la evasión de impuestos, introduciendo un nuevo impuesto, el de transacciones de capital, las salidas de capital  de  europa debe de pagar un impuesto, que lo paga en ultima instancia el sujeto activo de la transacción, lo recaudan , las entidades colaboradoras, los bancos,actuando estos como corresponsables del incumplimiento.Los flujos de efectivo de empresas, particulares deben ser declarados,como relaciones financieras con terceros, origen y destinatario deben de confluir., mediante cruce de datos, para ello, el acuerdo debe ser primero a nivel europeo. Y leña con los paraisos fiscales, que por ahi se esta marchando los grandes defraudadores. los tenemos ahi,cambian el domicilio fiscal por otro, para no declarar lo que realmente perciben, por ejemplo los deportistas de elite., centrarse ahi , que es donde esta la mayor bolsa de fraude fiscal y no en la pyme., cran fundaciones, para introducir el dinero que se gastan en España, y no pagan un duro, sino sólo el que sale de la fundación y el que trabaja para esta, via Renta o sociedades, el grueso está en los paraisos fiscales, y lo de la residencia habitual, todos residen más de 183 dias en  España, vease las ligas de futbol profesional ,de entre otras.
Otro sector , que necesita el ajuste, es el sector público, hay que aprovechar las nuevas tecnologias, y simplificar la administración pública, para ello, hay que reducirla a dos millones, al menos.

JMGS
Economista

la Reforma del Código Penal

        
                             Hoy ha entrado en vigor , la reforma más ambiciosa de las que ha habido del código penal, esta afecta a más de 150 artículos, e introduce delitos nuevos que antes no contemplaba el código penal de 1995.La ley Orgánica que da cobertura a esta importante reforma es la L.O 5/2010 de 22-06-2010. Los nuevos delitos que se introducen son: los delitos sexuales con menores de 13 años, la utilización de los menores para espectáculos pornográficos, el tráfico de órganos, trata de blancas e inmigración clandestina, delito de piratería, delitos informáticos, fraude en el deporte, acoso inmobiliario, acoso laboral y cohecho entre particulares. De entre los artículos que sufren modificaciones, podemos destacar, los delitos de corrupción urbanística, con condenas de cárcel, hasta cuatro años.  . Conducir por encima de la velocidad permitida en 60 kilómetros por hora en vías urbanas o en 80 en interurbanas, o bajo los efectos de alcohol o drogas, se castigará con penas de prisión y decomiso de vehículos de tres a seis meses, con multa de seis a doce meses o con trabajos en beneficio de la comunidad.. Las ocupaciones violentas de bienes inmuebles podrán castigarse con prisión de uno a dos años, cuando hasta ahora sólo tenían multa económica, y quienes hagan pintadas o grafitis en bienes muebles de dominio público o privado. Se endurecen las penas por abusos a menores, que llegarán a los quince años de prisión. La imprescriptibilidad de los asesinatos terroristas, y  de los pederastas y terroristas condenados a más de cinco años de cárcel , estos no podrán acceder al tercer grado hasta cumplir la mitad de la condena. El castigo para los hurtos reiterados, por  autores de pequeños robos -de menos de 400 euros- reincidentes, que  podrán ser condenados a penas de cárcel ., de entre otros.

El Estado de alarma.Una necesidad o una excusa

   El Gobierno, en uso de las facultades que le otorga el artículo 116.2 de la Constitución podrá declarar el Estado de Alarma, en todo o parte del territorio nacional, cuando se produzca alguna de las siguientes alteraciones graves de la normalidad:Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud.Crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves.Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, cuando no se garantice lo dispuesto en los artículos 28.2 y 37.2 de la Constitución, y concurra alguna de las demás circunstancias o situaciones contenidas en este artículo.Situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad.  La pregunta que todo el mundo se hace, como hemos llegado a esto, no se podia haber previsto, era evitable o acaso era una excusa para acelerar el proceso de privatización de AENA y su deficit astronomico. De todo debe de haber, lo unico soberanamente cierto es que estos señores, los controladores, dicen un buen dia, nos ponemos de huelga y paralizamos el pais, pues aqui se han estrellado. esto huele a chantaje, y al Estado no se le puede chantajear, pues este dispone de los medios para reestablecer el orden público, con lo cual tubo que declarar el estado de alarma ante la paralización de un servicio de interés general y en unas fechas señaladas.Ahora, toca reparar los platos rotos, además de prorrogar una situación , que de ningun modo puede ser aceptable, una situación , como esta debe ser puntual,en el caso actual, significa, añadir más presión a los controladores, con lo cual, estan sometidos a una tensión que puede llevarle a la comisión de errores que pongan en peligro la vida de las personas. Un convenio colectivo que no se ha podido cerrar en cinco años, ha habido más que suficiente teimpo para  preparar a una plantilla alternativa, y estos funcionarios que montan una huelga cuando les parece , expedientarlos desde el primer dia y ya estuviesen fuera,la huelga no debe ser permitida, cuando afecte al interés general , y no se guarde los servicios mínimos y esenciales para que el funcionamiento normal de los servicios basicos de la comunidad.


Economia:Nuevos vientos en Europa

      Al parecer todos se han puesto de acuerdo en que deben de remar en la misma dirección , para salir de esta crisis global en la que estamos inmersos desde hace tres años, y que no vemos la salida del tunel, ahora toca en cada pais , aplicar esta armonización, aqui, va a ser más dificil, pues debemos conjugar, con 17 autonomias, con gobiernos diferentes, dos partidos politicos que son totalmente opuestos, y que reman en distintas direcciones. Primero, debe llegarse a ese pacto de Estado , ya comentado en muchas ocasiones,hay que dejar a un lado, las ansias de poder de cada uno, y centrarse en el interés general, y este no es otro que , caminar todos en la misma dirección, sino, el barco se lo lleva la corriente y se hunde, y el rescate nos costará años de recuperación. De otro lado, las Comunidades Autonomas, meterlas en cintura, ya la Agencia de calificación Moody ha advertido el descontrol que aqui hay con las autonomias, la prevalencia de los intereses partidistas sobre del interés general, ni Castilla la Mancha, ni Murcia, Ni Madrid , ni Valencia, pueden campar a sus anchas, emitiendo deuda pública, para eso, hay que decirles, o reducen uds. el deficit o les intervengo., que implicaria esto, que la politica presupuestaria para esa comunidad autonoma, vendria ya impuesta por el gobierno central. Es complicado que esto ,se ponga aqui en marcha, hay muchos intereses de por medio, y el sistema de partidos y la ley electoral no lo va a permitir, veremos que ocurre en los proximos meses, de ello, va a depender nuestra estabilidad financiera, politica e institucional  y nuestra capacidad de salir de la crisis.

Nuestro Perfil Financiero es bajo.

     Esta vez la cosa , va con los bancos,por lo visto, sólo han aflorado la mitad de las pérdidas economicas de nuestro sistemá financiero situado en 180.000 millones de euros, sólo hay provisionados la mitad, en dotaciones y depreciaciones de activos, este es el informe ultimo de hoy, de la firma Moody, esta agencia de rating  cree que todavia no hemos tocado fondo, y que se hara sentir a lo largo del 2011,esto implica un deterioro del crédito para el proximo año, y probablemente algun banco necesite rescate, ya ha dicho MAFO, que si se diese el caso, acudirian en su ayuda. A juicio de esta firma de rating, bancos y cajas no serán capaces de generar suficiente capital ,a través de sus ganancias para compensar las pérdidas que se le avecinan. Además, y las pérdidas y la rentabilidad estarán distribuidas de forma desigual entre grupos, por lo que algunas entidades se verán forzadas a recurrir al capital del exterior, posiblemente a través del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria -FROB- dispuesto por el Gobierno. La rentabilidad de las entidades bajara ante la desconfianza de los inversores al caer  demanda  de créditos y el encarecimiento de la financiación. Esta dinámica coincide con un aumento de las dotaciones.
Todo esto va a continuar, hasta que no se hagan las reformas necesarias para el control de la especulación financiera y el establecimiento de una tasa por las transacciones de capital y que vaya a un fondo de restructuración, por ejemplo a nivel europeo , un fondo de ayuda, para cuando se produzcan estos ataques especulativos , tenga este fondo suficiente dotación para salir a flote, hace bien la CNMV en mirar con lupa a todos estos especuladores que estan llevando al sistema financiero a una debacle global. A los bancos hay que controlarlos, no pueden seguir campando a sus anchas, los gobiernos deben de intervenirlos, para que abran el crédito.La dinamica actual se caracteriza, por una debilidad en la liquidez , una falta de reformas estructurales,que pueden producir mayores pérdidas que las que se conocen actualmente. Por todo ello, hace falta , unos nuevos Test de Estres a la Banca Europea.

Las Reformas, extinción de la prestación de desempleo,por la prestación de empleo

  Ya habia, hecho mención en articulos anteriores sobre la extinción de la prestación por desempleo, no es tal, es su concepto el que está mal, esta debe ser definida, bajo mi punto de vista, como una situación por la que un trabajador, deja de prestar un servicio para una empresa determinada a consecuencia de un despido o un cese, y pasa a ser un trabajador disponible por el Estado, para prestar un servicio público a la comunidad a cambio de una prestación, que seria la extinta prestación por desempleo actual, el trabajador pasa de una situación pasiva, a una situación activa. Los servicios públicos que debe de prestar el trabajador serán por el tiempo determinado, finalizado el cual , debe de reintegrarse a un puesto de trabajo en la empresa privada. Las bolsas de empleo, seria cubierta por este tipo de trabajadores, a los que le finaliza el trabajo y se situan en situación de disponiblidad estatal, la presación no puede superar en ningun caso el SMI garantizado, y la duración del mismo no podrá exceder de 15 meses.,tres prorrogas máximo de cinco meses cada una. Trabajos con cargo a la comunidad, y de los cuales, los ayuntamientos serian los beneficiados , al recibir los recursos del Estado para dar empleo obligatorio a quienes se hayen en situación de disponbilidad, el control, seria bajo el paraguas del estado, quien controlaria, quien esta bajo esta situación y los que acceden, por orden de antiguedad y cualificación profesional.De este modo se evita, el acceso a los puestos públicos a los enchufados. Las bolsas de empleo, pueden venir dadas por :los servicios sociales de asistencia a domicilio, asistencia hospitalaria, tercera edad,enseñanza,limpieza y ornato público, trabajadores de los ayuntamientos,etc.Alquien se preguntará, si esto resulta obligatorio, pues no,sólo si se quiere acceder a una prestación. Está prestación será incompatible con cualquier trabajo por cuenta ajena o propia, pero si compatible con la formación , que se impartira por los centros públicos del estado, o por convenio con entidades privadas, previo acceso a través de concurso estatal. otra de las preguntas seria,dónde está este trabajo. Actualmente existe, y lo estan prestando en su mayoria, personas que estan trabajando o por cuenta ajena o propia.Asimismo, el PER, desapreceria, sustituyendo en el trabajo público,ayuda a la tercera edad,etc., para que no desaparezcan los pueblos, deberia de crearse un fondo adicional de empleo por cuenta propia, consistente en un crédito a su cargo, y con imputación anual, y de caracter temporal, que ira condicionado a la solvencia de las empresas de economia social.

Realismo economico, no pesimismo

             No es lo mismo, anclar tus postulados en el realismo economico actual que ser pesimista sobre las expectativas.En cuanto al realismo economico, los postulados determinantes son: Primero.-desconfianza generalizada en el sistema economico actual, basado en el privilegio de unos cuantos,en detrimento del resto. segundo.- cinco millones de desempleados, la cifra habla por si sola, producto de un sistema laboral viciado, y basado en derechos y pocas obligaciones, y la falta de proporcionalidad entre lo que se produce y el salario que se percibe. Tercero.- El sistema financiero está viciado, han pretendido y conseguido, socializar las pérdidas y capitalizar los beneficios. Cuarto.- Y siguiendo con lo anterior, los artifices de esta burbuja economica, ha sido la banca, y sus excesos, no estan dispuestos a reactivar el crédito sino se les interviene, siguen capando a sus anchas,noqueando a todo aquel que ha sido victima de su sistema. Quinto.-La  verdadera recesión está por llegar, sino se incide en la productividad.y se cambia el modelo de medir el trabajo, basado en la productividad, y no en derechos adquiridos, desde el momento en que se produce la situación de desempleo.El primer paso, está ya dado, el proximo febrero se termina la prestación de los 426 €, y el impacto del 1,5 millones de parados que lo cobran está por ver.

Medidas Anti crisis insuficientes

   Comenzamos el mes de diciembre con una apertura bursatil a la baja, despues de un mes de noviembre negro, dónde las principales plazas y valores indicaban un claro castigo a la situación economica española y a la deuda soberana,pero la sorpresa, ha sido , un anuncio sorpresa de un paquete de medidas de liberalización y fiscalidad , que bienvenidas sean para las pymes, y otras actuaciones, privatización de los aeropuertos,desarrollo legislativo de las oficians de colocación ,leberalización en un 30%, del organismo estatal de loterias, eliminación de la prestación de los 426 € a partir del mes de febrero.Veremos el alcance de esta declaración programatica, que vuelvo a insistir que son insuficientes, parches, y una llamada de atención a los mercados, de que algo se mueve. La realidad es otra, hemos superado, la tasa de desempleo del 20%, ha repuntado la inflación, es posible que suban los tipos de interés , para reactivar el ahorro,pero seguimos igual, medidas contra la banca, ninguna, siguen cobrando por todo, no prestan ni a Dios, y el tiempo va pasando, y las soluciones impopulares no llegan, a partir del mes de febrero se veran, cuando desaparezcan los 426 €, el efecto será de conflictividad social y más paro y desconfianza. Sigo insistiendo que ya no se trata de que el empresario invierta, porque los costes se  estan reduciendo, sino que la confiaza que tenia en el sistema, no se le va a devolver sino, comienza el propio estado, por dar ejemplo de austeridad, reduciendo cargos públicos, suntuarios, politicos y sindicales. la imagen del politico, se ha venido abajo, y es la imagen, y no son todos, de " una banda de delincuentes", dónde despues de haber expoliado las arcas de un municipio se jactan de que no ha pasado nada.Luego es mas grave, todavia, que confianzan, pueden dar en un sistema, cuando quienn presuntamente roba, queda libre, a espera de una acusación formal y de un juicio que puede durar años, y que vemos que las fianzas abultadas, se pagan como si nada,este es el caldo que se ha estado cocinando a lo largo de los años, y que ha agudizado la crisis, siendo , economica, financiera y de valores. 

El mes de Noviembre, el peor conocido

   Podemos decir que este mes, que es el peor de los ultimos tiempos, y son varias las razons para afirmar que ello es asi, de un lado la pérdida bursatil del 14,2% y la súbida de la deuda soberana a 290 puntos básicos,estas son las principales variables que hacen presagirar un final , que nadie queremos, o salimos del euro corriendo o nos intervienen, lo primero implicaria un corralito financiero al estilo argentino, de buenas a primeras los ahorradores no tendrian nada en los bancos, y el segundo, que al igual que le ha tocado a Grecia, Hungria, Irlanda, el siguiente puede ser Portugal y luego nos toca.Es que nos cuesta trabajo de cojer las tijeras y  a primero de año, los gastos suntuarios, finalizan, los coches oficiales a la mitad, las escoltas a la mitad, tanto del Estado como de las CCAA, dar de plazo , a las comunidades autonomas para que reduzcan sus gastos, so pena de intervención, ayuntamientos, eliminación de cargos de asesores, y de gastos de los partidos politicos, cada afiliado debe sufragar sus gastos, los sindicatos, asignación cero, con esto, se devolveria la confianza en el mercado español, y el mensaje calaria, de que hay que ajustarse el cinturon y para llegar a la senda del crecimiento y del bienestar social debemos trabajar y aportar valor añadido al Estado. los parados,deben ser trabajadores al servicio del Estado, ya que la prestación  pública debe ir seguida de un servicio a la comunidad.Todo ello, son cambios conceptuales de dificil calado, dónde la costumbre imperante es que 1 cotizante, mantenga a un pensionista y medio, 17 millones de cotizantes, 8 millones de pensionistas, 5 millones de parados, con estos dos ultimos, 13 millones  tenemos que soportar al resto.Las cifras deben revisarse a la baja, y cuanto antes, el desequilibrio financiero, traera, mayores costes para españa y para los españoles. 

Soluciones a la Crisis.- Tercera parte

Los cambios igualmente deben alcanzar a la pequeña y mediana empresa, dónde se concentra nuestro potencial de riqueza, estos cambios consisten en una transformación en los procesos productivos, para ello, de be cambiar el mercado laboral, hay que medir la productividad para hacer las empresas mas competitivas, el salario debe ser variable en función de la productividad, para ello, los salarios minimos sólo deben aplicarse para la cotización a la seguridad social, la determinación del salario debe de regularse por cada sector de actividad en función de unas tables de rendimientos base para alcanzar los objetivos propuestos por la empresa. Para ello, las empresas, sólo deben tener a la plantilla que realmente necesitan en un momento dado, pudiendo ser esta variable. La inestabilidad en el empleo se corregira, con  el fondo al empleo que cotizará cada trabajador,  y del cual, percibirá una prestación a cambio de trabajos para la comunidad. Deberá desaparecer el desempleo, convirtiendose en un fondo para el empleo, para la contratación pública, y en beneficio de la comunidad. Otro problema que se necesita corregir , es la escasa profesionalización, de la cual, tomará parte, de un lado, la empresa, de otro lado, los centros publicos o  centros privados concertados, cada región contara con una base de datos de profesionales de las distintas áreas de actividad, la formación sólo a cargo de la empresa, será gratuita , para esta durante 1 año, al año, debe de formar parte de la plantilla, previa obtención del correspondiente certificado de capacitación que expedira el organismo correspondiente regional,asi la empresa, que se acoja, no podrá nunca alegar , causa alguna para el  cese. Las Indemnizaciones por despido, desaparecen, se sustituyen por un fondo de reserva, similar al FOGASA, pero sólo procederá cuando, haya un incumplimiento contractual por parte de la empresa, el instituto de la mediación en el ambito laboral, como via de solución de conflictos laborales, quedara a lo que dispongan las partes a la hora de acordarlo previamente en contrato. Esta opción pondrá fin a la via administrativa.

Soluciones a la Crisis Economica.- Segunda Parte

    En el plano de la administración de las regiones,existirian unos técnicos que son los encargados de confeccionar los presupuestos regionales, para elevar  su aprobación a cada Estado, tanto de ingresos como de gastos, la legislación emanará de cada Estado de la Unión, de forma única y uniforme. la acción economica será competencia exclusiva del parlamento europeo, que determinara lo que cada estado tiene asignado para gastar en función de los presupuestos , de sus gastos ordianarios o extraordianarios, que deberan aprobarse anualmente, por tanto los estados no podran endeudarse sin el consentimiento de la cámara de representación economica de la unión europea. Para ayuntamientos, los técnicos municipales elaboran los presupuestos anuales de gastos que elevaran a las cámaras regionales para su aprobación, y defenderan ante el consejo economico y fiscal de cada región, siempre, con los limites anuales establecidos por el Estado.Solo habra elecciones al parlamento europeo, y eleccciones de cada estado, dónde se nombraran los representantes,, senadores , presidente y vicepresidente, estos son los cargos politicos, el resto son técnicos de la administración general del Estado. Cada región privatizara la gestión de los servicios esenciales a la comunidad, mediante subasta pública, dónde las decisiones las toman siempre los técnicos. El politico representa , pero no decide. y por tanto, si no decide , ni nombra cargos, no llegará a corromperse. Los senadores serán nombrados mediente elecciones, asi como, el presidiente y vicepresidente.

Soluciones a la Crisis Economica.- Primera Parte

         Las soluciones de la actual crisis economica, pasan por cambiar todas estructuras actuales, tanto , las fronteras politicas y economicas. Las fronteras economicas se han ampliado, ya la Unión europea  es una unión economica y monetaria, ahora falta la unión politica, la fase más sacrificada y dramatica, pero la más importante para cambiar nuestro modelo de Estado, y  que pasaria a ser unos Estados Unidos de Europa.A mi modo de ver, cada Estado tendria  su Presidente, y la Unión Europea,  un presidente nombrado por el parlamento europeo, cada estado, tiene su organización  politico-administrativa, dividid en regiones, el poder de cada estado esta concentrado, las regiones de cada estado esta representadas por senadores, que constituyen la cámara de representación del poder politico de cada régión en cada Estado..La Constitución Europea definira la composición de cada Estado de los integrantes de la unión europea, y la estructura politica de cada uno, con esto se simplificaria las estructuras politicas de los Estados Europeos, para el caso de España, cada régión seria cada comunidad autonoma actual, desaparece la provincia como organización administrativa. El poder ejecutivo de cada estado, será el actual, presidente, vicepresidente y los ministros, que determine la estructura del Estado de la Unión.
En cuanto al ambito economico, la unión esta a falta de la  unidad y armonización  fiscal. Los impuestos los debe aprobar la unión europea y la  recaudación , la unión europea y los Estados miembros, la  politica fiscal  y presupuestaria de gastos será unica para la Unión Europea  y será impuesta a cada Estado, desapareciendo los conciertos economicos y otra prevendas y desigualdades  regionales, la cámara de representación de cada Estado, será la encargada de vigilar que se cumplen todas las disposiciones dictadas por la Unión . El poder de cada  Estado será un poder politico, regiones y ayuntamientos , la representación  la tendra un politico pero sin poder de decisión, sólo representa, el poder de decisión es de los técnicos de los  cuerpos superiores de funcionarios del Estado.En todas las materias.Con este tipo de Estado, se acaba la corrupción, los recursos son administrados por expertos independientes, lo que da una mayor confianza en la Economia. En defecto de los cambios, estamos avocados a la desintegración de la Unión Europea.

Y España, resistiremos los ataques de los especuladores?

 Las medidas de Irlanda son drasticas, con solo 5 millones de habitantes el sacrificio de la población para levantar 85.000 millones de euros en cuatro años, es una cifra bastante elevada. Y dejando a tras, Irlanda,
nuestras medidas de ajustes son descafeinadas, y debemos seguir trabajando y tomar medidas drasticas para el 2011 para cumplir con los compromisos de pago, y no sacar deuda publica para refinanciar la deuda pública, esta es una bola de nieve que va creciendo y que si no la paramos nos va a llevar a todos a la ruina como pais, las medidas, ya se han repetido varias veces: reduccion del gasto público: funcionarios de 3,5 millones , debe quedarse en 2 millones, los 900 mil ,politicos y enchufados, que se queden , en los que valen para dirigir a este pais,los pensionistas, revisarles las pensiones, reducir el salario minimo a 500 €, la pensión mínima a 500 € y eliminar el PER, reduccion de las prestaciones por desempleo a la mitad. Los bancos, sus beneficios hay que socializarlos, al igual que se hizo con las pérdidas. Cobrarles un impuesto sobre las transacciones internacionales, para controlar los comovimientos de capital, los impuestos, que se queden como estan, ya bastante estan altos, el tipo impositivo máximo en un 45%, el tipo en el impuesto sobre sociedades al 30%, las comunidades autonomas, la que no cumpla con el objetivo del deficit, intervenirla, sin más , suspendiendo el estado autonomico, organismos públicos como diputaciones deben desaparecer, los pueblos menores de 5.000 habitantes deben agruparse en su organización administrativa y recaudatoria, en concejos provinciales, la politica no es una profesión , sino un derecho que tiene todo ciudadano a participar en la vida pública, ningun politico debe estar en el gobierno más de dos legislaturas.El vivir de la politica, es el pecado capital de las democracias,esta debe ser participativa e igualitaria, dónde se elijan las personas y no los partidos, con esto, cambia el sistema, y todos llegaremos a ser iguales, ahora, la clase politica,funcionarios, asesores, enchufados y pensionistas, unos 14 millones , es una clase, la que vive del resto, y los demas, parados, cotizantes, empresarios y trabajadores, el resto.

Por fin, señor presidente, le felicito

       Ya era hora, y es un acto de heroidicidad, despues de la que le está cayendo al pobre, decir que la economia va muy mal, al decir que las cosas van a continuar mal,este es el camino, el del realismo economico, y no el de la hipotesis economica de Salgado y sus brotes verdes,que nos han llevado al puesto 21 entre los paises más ricos, pasandonos los emergentes,pero además de decir la verdad, hay que tambien decir, que como esto es cosa de todos,al decir todos, todos los españoles, desde finisterre a cabo de gata, y desde gerona hasta huelva,de modo, que como la unión hace la fuerza,es la hora del pacto de estado ya pedido en varias ocasiones,cuanto más se retrase, más pronto llegará el rescate, pues, seguimos emitiendo deuda pública, y la gracia está en que no la compran, pero no por confianza sino por el precio que paga España, no nos equivoquemos, que la pagamos bien alta, y seguimos endeudandonos, y aqui , no pasa nada, las CCAA siguen campando a sus anchas, diputaciones y ayuntamientos,gastando, uno que va a renegociar la deuda, de 7.000 millones de euros, y le dicen que no, era de esperar, ahora como este señor le paga a los proveedores, ya le a dicho su colega que es lo que debe hacer, vender las propiedades públicas y apretarse el cinturon. Y los demás idem de idem, el sistema está a punto de quebrar, y no nos damos cuenta, que aqui hay que mas trabajar y menos vivir del cuento,la mitad de los trabajadores públicos  sobran, al igual que la mitad de los politicos, cargos y otros gastos suntuarios, debe el Estado, titular de la actividad economica, intervenir y si es conveniente, nacionalizar las comptencias de las CCAA y ayuntamientos que no adopten los criterios de convergencia que pacte el Estado., es la unica formula de evitar la bancarrota nacional.

EL DESPLOME DE LA ECONOMIA IRLANDESA

  Esto ya lo habiamos anunciado, que Irlanda pasaria apuros, y que deberia acudir el FMI y el ECOFIN para revisar las cuentas de Irlanda, por lo visto necesita 50 mil millones de euros para rescatar a los bancos de la quiebra, han estado aguantando , la indecisión de las autoridades irlandesas no evitara la quiebra de su sistema financiero endemico, además de afectarle a ellos, nos va a afectar a todos, al euro, a la recuperación economica de los paises más debiles, como es el nuestro,ya que la prima de riesgo pais , la llamada deuda soberana- que mide  el diferencial de rendimiento del bono español a diez años y el aleman-nos sube ,  en este caso ha subido de 197 puntos basicos a 203 en un solo dia. la portuguesa esta en 409 puntos, la griega , en 889 puntos. es un mal dato para  la economia Española y Europea. Ojo, para el 2011,hay que sanear el sector público, reducir el deficit, y sres. politicos, no den mensajes de alarma, que cada mensaje nos cuesta, que nuestra deuda externa se incremente por los intereses que debemos de pagar.
Hay que arrimar, mas el hombro y menos crear desconfianza, que en esta época contribuye al derrumbe de nuestro sistema financiero, social.hay que seguir trabajando para reducir el deficit público, y ayuntamientos y CCAA tienen que empezar con tijeras en mano a reducir , puestos de libre designación,secretarios, subsecretarios,directores generales, asesores  sin despacho, etc.se acabó, el vivir del cuento, ahora toca trabajar, de lo contrario, asistiremos al derrumbe de nuestro sistema.

La Inmigración, somos iguales en derechos,distintas obligaciones

Todos directa o indirectamente tenemos un familiar, conocido que ha sido emigrante, que tuvo que salir en la posguerra española, hacia terceros países a trabajar y salir de la depresión social y económica  que había en España durante esos años. Pero en esos países libres, todos han tenido más obligaciones que derechos, primero han estado los ciudadanos de esos países, luego los emigrantes, y contribuido con impuestos al sostenimiento del gasto publico de esos países, pero aquí en España es distinto, primero hay derecho y  luego obligaciones, todos los españoles somos iguales ante la ley, proclama como máxima nuestra carta magna, esta se hace extensiva a los ciudadanos extranjeros en virtud de la carta de las Naciones Unidas y OIT. Pregunta, por que no se aplica en toda su extensión, tengan que soportar, que llamen racistas a aquellos que proclaman que se les otorguen derechos y obligaciones a los extranjeros, o deben ser de un status superior que les permita tener más obligaciones que derechos, no se sabe a que juegan los llamados progresistas, reciclados en asociaciones en pro de defensa de los intereses de sus asociados , los extranjeros, que lejos de aportar a nuestro bienestar económico, aprovechan las debilidades del sistema para proclamar todos sus derechos, contribuyendo al sistema lo menos posible. Todo ello, nace de una llamada del gobierno de turno, que proclamó en su día,  “habrá papeles para todos”, declaración esta irresponsable, pues más acertado hubiese sido, “habrá trabajo para todos los que hayan sido llamados para trabajar”, ahora, comienzan los problemas, el gasto público se disparará, habrá que pagar estas prestaciones por desempleo, que se generan en una crisis como la nuestra, y menos mal a que se reclamaron en su momento, una situación potencial sobrevenida,“las vacaciones al caribe pagadas”, que consistían, trabajo un tiempo, me voy a mi país y cobro el paro de España. Los que están aportando con los impuestos , tenemos más deberes que nunca, contribuir , con una presión fiscal de hasta el 46% de nuestras rentas a que  se mantenga el estado de bienestar de quienes cobran una paga del estado, cultura arraigada en nuestro pensamiento contemporáneo, y máxima aspiración de todo habitante español “¿cómo podría cobrar una paga?”, preguntan a diario a profesionales, y últimamente extranjeros, que llevan  cuatro años, dos trabajando y vinieron porque aquí la sanidad es gratis y necesitaban de una operación y ahora necesitan de una pensión, pues ahora aquí las cosas no van bien y tienen pensado en irse a su tierra. Una evasión de capitales encubierta por los gobiernos, que a pequeñas dosis, han dejado nuestro sistema financiero noqueado. Países de nuestro entorno, las políticas de inmigración consisten en “Vd. se queda aquí, bien a reinvertir sus beneficios, creando empleo y riqueza”

Los papeles, lapsus y sus consecuencias

       Buena parte , de la situación en que nos encontramos, está en la falta de previsión que ha habido y que sigue habiendo, revisando una documentación de un cliente potencial,observo que el proceso que ha seguido hasta llegar a su situación, es la de seguir un proceso automatico, una linea trazada recta, y se pregunta, que es lo que ha pasado, cómo he llegado a esta situación,observo , en primer lugar, que en el proceso de exponer el estado de su empresa, se ha descuidado un elemento esencial, es el analisis del estado financiero de la empresa, en cada uno de los ejercicios economicos cerrados, para hacer las oportunas provisiones,se ha seguido un patron, el de rellenar impresos, de impuestos, de presentacion de cuentas, de balances, esto es lo que denomina el cliente, mis papeles, que aparentemente, deben estar bien, pues no ha tenido problemas con los organismos oficiales, decia el que se debia a otras cosas, se sigue investigando, y bingo, una poliza de crédito, que se saco para financiar un todo terreno, operación  que aconsejo en su dia, el que denomina  Asesor, que fúe a su vez, cubierto, por un prestamo personal, por la mitad de la deuda, y una ampliación de la poliza. Le deben dinero, tiene papel, facturas, y estan sin provisionar, de dos años a tras, el iva sin recuperar, y la cuenta de resultados positiva, cuando en realidad habia pérdidas. Conclusión, la parte financiera te ha fallado, este es el pilar que ha sustentado tu negocio, y ahora necesitas ajustes para volver a la situación que se esperaba que iva  a estar. Pide consejo, contrata un esperto que te sanee las cuentas, te haga un plan financiero, una reestructuración empresarial.
Este es sólo un ejemplo, de lo que hay en la calle,negocios que han estado apuntalados por la situación economica de bonanza, dónde han surgido chiringuitos laborales, dónde su objetivo ha sido el de rellenar impresos y papeles,con datos, sin sentido , ni contenido lógico y racional.

J.Manuel García
Economista


La renta de garantia,en Castilla .

      Es inaudito, que con lo que esta cayendo , una CCAA, llegue y publique una ley para garantizar los ingresos de los ciudadanos, dicho asi , parece como, si todo aquel que no tenga rentas,se le debe proporcionar una. Vamos,el colmo de los colmos. pero analicemos, el lugar desde dónde ha partido la idea, 2,5 millones de habitantes, tasas de crecimiento poblacional , en torno al 0,1 % , en  2009, 23% de personas mayores de 65 años, 1,1 millones de población activa, 18%  de parados, y un efecto llamada, te vienes a vivir aqui, y  te doy el 80% del IPREM, con revisión anual, o te completo su prestación, hasta ese importe. De dónde piensa sacar el dinero, para semejante medida, del fondo de compensación interterritorial, la caja de todos,financiación propia,o los 5.000 millones de Euros de Caja Castilla, qu ehan aparecido, lo dudo, con un deficit abultado, la llamda del banco de España, en la reducción del gasto público en torno al 6% para el año 2011, un incremento en el deficit , del 1,1 % ya aprobado en presupuestos para el 2011,hasta cuando, el sistema no puede soportar tanto gasto, cuando son las CCAA , los que deben recortar el gasto, encima, sacan aqui en Andalucia, plazas para contratación pública,sobrando la mitad, tanto en ayuntamientos como en CCAA.
Moraleja, esto es España
Ancha es castilla.

Consecuencias de la Inyección de liquidez en el mercado U.S.A

    En otro intento por reactivar la economia norteamericana, el secretario del tesoro, acude a inyectar 600 mil millones de dolares-Usa, para reactivar la economia, que no acaba de relanzarse. Pero una inyeccción de liquidez, trae unas consecuencias para ellos y para nosotros. Para los norteamericanos , más dinero en circulación , para fomentar la inversión y el consumo y relanzar la fragil economia. tipos de interés en torno al 0,25 % . y para Europa, un euro , mas fuerte, y por tanto, darle un frenazo a las exportaciones, y un relanzamiento de las importaciones, vamos a comprar más barato en dolares, vamos a ir a Nueva York a comprar las navidades, esto es posible, con un dolar más debil, ya que con un euro fuerte, nos van a dar más dolares para gastar. No es bueno, poner en circulación tanto dinero, pues favorece la especulación , y vamos a llegar al mismo punto de hace dos años,es un ciclo sin fin, dónde el dinero se volatiliza, apalancandolo los principales operadores, bancos , brokers y agentes financieros que van a utilizar la inyeccción de capital para  nuevament usuflar el mercado de activos tóxicos.Espero que Bernake este en lo cierto, y logre relanzar la locomotora norteamericana, y le de confianza a los mercados financieros, y de paso se nos contagia algo. Por su parte, Trichet, no mueve ficha, desde hace ya 20 meses, manteniendo los tipos en el 1%,y esperando a que los mercados se ordenen sólos. Creo que, si no inyectamos confianza en el mercado financiero no lograremos reactivar las economias de la zona euro, las politicas deben ser uniformes, llevar un solo rumbo en politica economica, unificación fiscal, siguiendo los principios de capacidad y progresividad,colectivización de la economia. Reformas extructurales en los mercados, favoreciendo la expansión de los operadores, atraer inversiones a Europa de paises emergentes en bienes de equipo.vamos , unidad de criterios y operatividad. Ahora si cada uno vamos por un lado, el barco se vendra a pique , y tendremos que salir del euro, y volver a la peseta, como no reunamos los requisitos de converencia, y siga el gasto público en la senda de crecimiento que llevabamos, hay que disminuir el gasto público y privatizar parte del sector público.Sanear las cuentas del sistema de la seguridad social, aportando controles eficaces que eviten el fraude agresivo que esta sufriendo. y asi un suma y sigue


J.manuel García
Economista

Los Lobbies en España, su falta de regulación y transparencia.

    En las proximas semanas , oiremos hablar de este concepto y seguro que no para bien, y muy ligado a la corruptela política actual.En el ...